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Ley y adicciones: ¿Cómo es visto el consumo de sustancia según las leyes de Argentina?

  • Foto del escritor: Melina Gancedo
    Melina Gancedo
  • 9 ene 2021
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 27 sept 2021


El consumo de sustancias, hasta el momento, se encuentra enmarcado en varias leyes, algunas nuevas, otras bastante antiguas, que siguen teniendo vigencia hasta nuestros días.


En primer lugar, vamos a analizar la Ley de estupefacientes (Ley N° 23.737), creada en el año 1989, y que sigue vigente aún.


Lo que establece dicha ley trae aparejada una polémica ya que penaliza el consumo de sustancias, y esto genera como consecuencia más directa pensar a la persona consumidora de sustancias como alguien que al consumir está infringiendo una ley, es decir, está cometiendo un delito.


La ley de estupefacientes, en principio, determina una pena para la tenencia de sustancias, aunque sea para consumo personal, pena que puede ir de un mes a años de prisión. Sin embargo, y según el caso, también permite que este proceso pueda quedar en suspenso, por orden del Juez que lleve la causa y, de esta manera, la persona consumidora recibirá lo que se conoce como “medida de seguridad curativa o educativa”, es decir, la posibilidad de realizar un tratamiento de rehabilitación por su problema de adicción por consumo de sustancias. Más allá de los casos de personas adictas que puedan cometer delitos, en relación a su consumo o no, entendemos a la persona adicta como una persona con un problema de salud, el cual no justifica el delito, aunque le brinda un contexto. Sin embargo, en todo caso, la persona que cometa delitos deberá recibir la pena correspondiente por el delito en sí y no por su consumo.


Por ello, es que se habla de despenalización y descriminalización de los consumidores, entendiendo que en relación a las drogas son aquellos encargados de su producción y comercialización los que deberían recibir la pena. En el año 2010, llega la Ley nacional de Salud Mental (Ley N° 26.657), que empieza a proponer a las adicciones como parte de las políticas de salud mental. Esta concepción permite que se empiece a pensar a la persona adicta como alguien que tiene un problema de salud, sin vincularlo directamente a la noción de delito y delincuencia.


Esto permite que la persona adicta pueda recibir la ayuda sanitaria necesaria, ya que le corresponden todos los Derechos y garantías de esta ley y deben ser tratados en establecimientos de salud.


Además, otro punto muy importante, es que esta ley también establece que los tratamiento por problemas de adicción deben ser cubiertos por las obras sociales. En el año 2014, se crea la Ley IACOP, (Plan integral para el abordaje de los consumos problemáticos), que amplía la conceptualización de las adicciones que se tenía hasta ese momento. Esta ley establece que un consumo problemático es aquel que afecta negativamente, en forma crónica la salud física o psíquica del sujeto, y/o las relaciones sociales, a través de la utilización de sustancias psicoactivas o sin ellas.

Es decir, que le empieza dar lugar formal de adicción a las adicciones sin sustancias o adicciones comportamentales, como lo puede ser la tecnoadicción o la ludopatía.


Se trata de conductas que no están relacionadas con drogas pero que de todas maceras pueden diagnosticarse como adicciones, porque la persona establece una relación de dependencia, (necesita realizar esa conducta), compulsión (necesita repetirla a lo largo del tiempo) y abstinencia (si no la realiza se siente muy mal).



Lic. Melina Gancedo


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